Internacional

Firma Maduro decreto que le faculta decisiones especiales en seguridad y defensa

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro firmó un decreto de conmoción exterior que, según la Constitución y las leyes venezolanas, le da al jefe de Estado poderes especiales para tomar decisiones en materia de seguridad y defensa, publicó La Jornada.  

Este acto, que ya había sido anunciado días atrás, responde a la creciente amenaza por parte de Estados Unidos, que ha desplegado una flotilla de buques de guerra, aviones militares y hasta un submarino nuclear en el Caribe sur, frente a las aguas de país bolivariano.

Delcy Rodríguez, vicepresidenta Ejecutiva, informó el hecho este lunes durante una reunión del Consejo Nacional por la Soberanía y la Paz con el cuerpo diplomático acreditado en el país.  

Aunque no ha sido divulgado el texto del decreto, Rodríguez adelantó algunos aspectos y aclaró que el mismo “se activaría de manera inmediata” en caso de que el territorio venezolano sea efectivamente agredido. 

Explicó que, llegado el momento, el decreto permitirá al presidente movilizar de manera total la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en todo el territorio, tomar militarmente la infraestructura de los servicios públicos, incluyendo la industrias petrolera y minera, activar planes especiales de seguridad ciudadana, activar la Milicia Nacional Bolivariana, cerrar las fronteras, entre otras acciones. 

Precisó también que, dentro de lo que permite la Constitución, en el momento de decretarse la conmoción exterior no se permitirá a nadie dentro o fuera del territorio que promueva, apoye, facilite o haga apología de una agresión militar externa contra Venezuela. En ese caso, esa persona “sería juzgada según las leyes de la república y con las plenas garantías de la Constitución”, advirtió. 

La conmoción exterior es una de las cuatro formas de estado de excepción que contemplan tanto la Constitución Bolivariana en sus artículos 337, 338 y 339, como la Ley Orgánica de Estados de Excepción (LOEE). 

Esta última, en su Artículo 15, establece que el presidente de la República podrá “dictar medidas de orden social, económico, político o ecológico cuando resulten insuficientes las facultades de las cuales disponen ordinariamente los órganos de Poder Público para hacer frente” a los hechos que originaron el decreto.

Además de lo adelantado por la vicepresidenta Rodríguez, el estado de excepción asigna al gobierno la facultad de requisar lo bienes muebles e inmuebles de propiedad particular que deban ser utilizados para restablecer la normalidad” (Artículo 24 de la LOEE). También la ley determina que “toda persona natural o jurídica, de carácter público o privado, está obligada a cooperar con las autoridades competentes” (Artículo 17) y que “el incumplimiento o la resistencia a la obligación de cooperar (…) será sancionado con arreglo a lo dispuesto en las respectivas leyes” (Artículo 18). 

La firma de este decreto de conmoción exterior se da a solo días de que el medio estadunidense NBC citó a cuatro fuentes de la administración del presidente Donald Trump que aseguraron que funcionarios militares de ese país están elaborando opciones para atacar objetivos dentro de Venezuela. Según el medio, los planes que se están discutiendo se centran principalmente en ataques selectivos con drones y podrían ejecutarse en las próximas semanas. 

Con información de La Jornada 

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Editordmx

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