Durante los meses de marzo, abril y mayo, la Comisión de Quejas del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) recibió un promedio de 16 quejas al día de partidos políticos y candidaturas por presuntas irregulares.
La Comisión de Quejas detalló que durante los meses de campaña recibieron mil 369 quejas, y que, de marzo a mayo, ha habido un incremento de 37% en las mismas.
Y el IECM abundó que hasta el 24 de mayo ha recibido mil 564 quejas, esto desde el arranque del proceso electoral, el 10 de septiembre de 2023: 909 están en trámite, 95 en substanciación y 559 ya fueron concluidas.
“Es relevante mencionar que, en una comparación con el proceso electoral 2020-2021, en el actual se presenta un incremento considerable en el número de quejas presentadas, ya que se tienen 191% más”, según el informe de la Comisión de Quejas.
En el informe del IECM se resalta que las conductas más denunciadas son la vulneración a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad (662); uso indebido de recursos públicos (559); actos anticipados de campaña (313); y calumnia (313).
Y asevera que los entes más denunciados fueron los partidos políticos (743), servidores públicos (674) y personas candidatas (571).
Y por último, el reporte del IECM revela que las alcaldías Milpa Alta, Álvaro Obregón y Miguel Hidalgo son las demarcaciones territoriales con mayor número de quejas.
Veda electoral
A partir del primer minuto de este jueves 30 de mayo, los partidos políticos y las candidaturas deben suspender todo acto público y difusión de elementos propagandísticos con fines proselitistas con motivo del inicio del periodo de veda electoral establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México.
“Las campañas electorales deberán concluir tres días antes de celebrarse la jornada electoral. El día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales”, establece el artículo 396 de dicho Código.
Por lo que, el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) hace un atento recordatorio de que quedan prohibidas, a partir de este jueves 30 de mayo, las reuniones públicas, debates, asambleas, visitas, marchas y en general aquellos actos en que las candidaturas se dirijan al electorado para pedir el voto a su favor.
Adicionalmente, el artículo 410 del Código local establece que en el periodo de veda electoral queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.
El Artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales indica que se impondrá de 50 a 100 días multa, y prisión de 6 meses a 3 años, a quien publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
Asimismo, en el artículo 9 fracciones I y II de dicha Ley, se señala que se impondrá de 100 a 200 días de multa, y prisión de 2 a 6 años, a la persona funcionaria partidista o titular de una candidatura que el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma (Veda electoral) induzca al electorado a sufragar por alguien o abstenerse de hacerlo. La misma sanción aplica si se realiza o distribuye propaganda electoral el día de los comicios.
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