La Jucupo publica normas para reelección de senadores
Los actuales senadores de la República que pretendan reelegirse, podrán permanecer en el ejercicio de su cargo, estableció la Junta de Coordinación Política del Senado (Jucopo) tras publicar las normas que deben seguir los mismos que opten por su reelección.
En el documento se establece que los senadores que opten por la reelección no tendrán que renunciar al cargo, y seguirán percibiendo su dieta a menos que manifiesten lo contrario; no podrán utilizar el espacio legislativo con fines electorales, ni tampoco gestionar apoyos sociales.
“Las y los senadores que pretendan optar por la elección consecutiva deberán notificar su decisión a través de una carta de intención dirigida a la Presidencia de la Mesa Directiva y a la Secretaría General de Servicios Parlamentarios en el plazo que señalen los Lineamientos”, según refiere la norma.
Además, de que seguirán en “el ejercicio de su cargo y tendrán las mismas consideraciones que todos los legisladores para que continúen desempeñando sus atribuciones de representación popular, así como deberán observar estrictamente las disposiciones legales y normativas dirigidas a preservar la equidad y la imparcialidad en las contiendas electorales.
Así como cumplir estrictamente con las disposiciones relativas a las percepciones que reciban por concepto de pago de dietas y apoyos económicos del Senado”.
Según la Jucopo, la norma dicta que quienes opten por la reelección deberán cumplir con las obligaciones inherentes a su encargo y funciones de carácter legislativas en el Pleno del Senado de la República, en las comisiones legislativas, comités, demás órganos parlamentarios a los que pertenezcan y, en su caso, en la Comisión Permanente.
Pero deberán de abstenerse de incurrir en actos anticipados de campaña y precampaña, de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la normatividad que emita el INE, añade.
Y también no deberán participar en actos de proselitismo político «durante el tiempo en que están obligados a concurrir a sesión del Senado de la República”, así como tampoco usarlos recursos públicos tanto humanos como materiales y económicos inherentes a su función para un fin distinto al que están destinados para influir en la voluntad del electorado o en actos de campaña o en cualquier otro de proselitismo político.
La norma subraya que las y los senadores en busca de la «elección consecutiva no podrán prometer o condicionar programas sociales servicios u otro trámite ante instancias gubernamentales; ni podrán intervenir de modo alguno en facilitar u obstaculizar ningún tipo de trámite en la demarcación por la que contiendan».
La norma específica que las y los legisladores podrán renunciar por cuenta propia y por el periodo que señale, a los apoyos económicos a que tienen derecho por medio de su manifestación por escrito dirigida a la Presidencia de la Mesa Directiva.
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