La Fiscalía General de la República (FGR) promovió acciones de extinción de dominio sobre 2 millones 240 mil pesos asegurados en cuentas atribuidas a Hernán Bermúdez Requena y a integrantes de su familia. La medida importa porque permitiría que esos recursos pasen al Estado si un juez determina que se cumplen los requisitos legales, pero el dinero todavía no ha sido adjudicado al erario ni la acción implica por sí sola que los involucrados hayan sido declarados culpables de un delito. Los montos y expedientes fueron dados a conocer por Reforma a partir de actuaciones del Juzgado Segundo de Distrito de Extinción de Dominio.
El mayor monto, 1 millón 387 mil pesos, se atribuye directamente a Bermúdez Requena, exsecretario de Seguridad Pública de Tabasco y señalado por autoridades como presunto dirigente del grupo criminal “La Barredora”. El juzgado ordenó el 7 de julio de 2026 el aseguramiento de esos fondos como medida cautelar mientras se resuelve el procedimiento.
La actuación sobre el dinero es distinta de los procesos penales que enfrenta Bermúdez Requena. La extinción de dominio es un procedimiento patrimonial autónomo del proceso penal, por lo que una resolución sobre los bienes no requiere esperar necesariamente una sentencia condenatoria en la causa penal.
Los procedimientos suman 2 millones 240 mil pesos, distribuidos de la siguiente manera:
1 millón 387 mil pesos atribuidos a Hernán Bermúdez Requena.
853 mil pesos depositados en tres cuentas a nombre de su esposa, Verónica Encalada Pérez, y de su hermano, Humberto Bermúdez Requena.
De esos 853 mil pesos, 755 mil pesos corresponden a cuentas de Verónica Encalada, según los expedientes judiciales reportados.
Las tres cuentas relacionadas con los familiares estaban en Banorte, BBVA y Santander cuando fueron aseguradas. La FGR pretende que un juez declare la extinción de los derechos sobre esos recursos para que puedan pasar al Estado.
El Juzgado Segundo de Distrito de Extinción de Dominio señaló, al ordenar la medida cautelar sobre los recursos, que no se había demostrado su procedencia legítima y que existía una posible relación con operaciones con recursos de procedencia ilícita.
No se ha acreditado la legítima procedencia (del dinero) y se encuentra vinculado a actividades con apariencia de delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita”.
La determinación judicial permitió asegurar los fondos, pero no significa que el Estado ya sea su propietario. El siguiente punto será resolver las demandas promovidas por la FGR y determinar si procede o no la extinción de dominio.
La extinción de dominio permite que un juez determine la pérdida de derechos sobre determinados bienes relacionados con actividades ilícitas y declare su titularidad a favor del Estado. Se trata de una vía autónoma respecto del proceso penal, de acuerdo con la legislación mexicana y los criterios de la Suprema Corte.
En términos prácticos, en este caso hay que distinguir tres momentos:
El dinero ya fue asegurado: sus titulares no pueden disponer libremente de esos recursos mientras esté vigente la medida judicial.
La FGR pide la extinción de dominio: busca acreditar ante un juez que se cumplen las condiciones legales para que los propietarios pierdan sus derechos sobre el dinero.
Falta la sentencia: sólo una resolución judicial puede definir si los recursos pasan definitivamente al Estado
Por esa naturaleza autónoma, una eventual extinción de dominio no equivale a una sentencia penal contra Bermúdez Requena, su esposa o su hermano.
La actuación de la FGR se suma a medidas financieras adoptadas anteriormente. La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) había bloqueado desde 2025 cuentas relacionadas con Bermúdez Requena y familiares, de acuerdo con los expedientes y reportes sobre el caso.
El bloqueo de una cuenta y la extinción de dominio tampoco son lo mismo. El primero impide temporalmente disponer de los recursos bajo determinados procedimientos, mientras que la extinción busca que, mediante una sentencia judicial, el Estado obtenga definitivamente la titularidad de los bienes.
Bermúdez Requena permanece recluido en el Centro Federal de Reinserción Social Número 1, El Altiplano, en el Estado de México, y enfrenta procesos promovidos por autoridades de Tabasco por delitos que incluyen asociación delictuosa, extorsión, secuestro agravado, desaparición forzada de personas y peculado, según los reportes sobre sus expedientes.
El exfuncionario fue detenido en Paraguay en septiembre de 2025 y posteriormente trasladado a México. Desde entonces permanece sujeto a procesos judiciales. Las acusaciones y señalamientos en su contra deberán resolverse ante las autoridades jurisdiccionales correspondientes.
En una investigación separada, la FGR obtuvo la vinculación a proceso de Justo Aurelio Rivera Parrazales, empresario señalado por autoridades federales como presunto operador financiero y logístico relacionado con organizaciones criminales, entre ellas “La Barredora” y el Cártel del Noreste.
Rivera Parrazales enfrenta acusaciones por su probable participación en operaciones con recursos de procedencia ilícita y delitos contra la salud. Un juez le impuso prisión preventiva justificada y estableció cuatro meses para la investigación complementaria. Su vinculación a proceso no constituye una sentencia de culpabilidad.
El empresario fue detenido el 17 de julio de 2026 en Mérida, Yucatán, durante un operativo en el que las autoridades aseguraron bienes valuados en aproximadamente 145.2 millones de pesos, entre ellos 15 vehículos de alta gama, una caja fuerte, dos armas de fuego, dólares, joyería, equipos electrónicos y una bolsa con aparente metanfetamina.
Ese aseguramiento no forma parte de los 2.24 millones de pesos que la FGR busca obtener mediante las acciones de extinción de dominio contra Bermúdez Requena y sus familiares. Son procedimientos distintos que coinciden en investigaciones relacionadas con presuntas operaciones financieras de grupos criminales.
Con información de Ana Karen Celaya de Agencia Reforma
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