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Hermanos Farías, ligados al huachicol fiscal, siguieron cobrando en la Marina pese a proceso penal

El contralmirante Fernando Farías Laguna, prófugo de la justicia y señalado por el entramado de huachicol fiscal, percibió el pago de sus haberes y percepciones hasta la primera quincena de septiembre del 2025, manifestaron fuentes del Gobierno federal a EL UNIVERSAL. 

Toda vez que el 11 de septiembre de 2025, inició su proceso de baja del Servicio Activo de la Armada de México, fecha a partir de la cual dejó de percibir la totalidad de sus remuneraciones.

Mientras que su hermano el vicealmirante Manuel Roberto Farías Laguna, quien permanece en El Altiplano, las fuentes consultadas indicaron que, a partir del 16 de septiembre de 2025, dejó de percibir la remuneración correspondiente a la compensación. 

Ambos son señalados por delincuencia organizada con fines de cometer delitos en materia de hidrocarburos, así como otros implicados que pertenecían a la red criminal conocida como “Los Primos”. 

Detallaron que desde esa fecha y hasta su baja definitiva, únicamente recibió los haberes y percepciones económicas inherentes a su jerarquía, conforme a la normatividad aplicable. 

La baja del Servicio Activo de la Armada de México (SAAM) se hizo efectiva el 18 de diciembre de 2025, no obstante, el pago de sus percepciones continuó realizándose hasta esta fecha. 

Esto debido a que los trámites administrativos para formalizar la baja requieren de un periodo de tiempo, durante el cual el personal continúa recibiendo las prestaciones correspondientes hasta que el proceso concluye oficialmente. 

En tanto la defensa legal de los hermanos Farías Laguna, sobrinos políticos del ex titular de la Marina, Rafael Ojeda Duran, indicó que Fernando Farías Laguna, percibe el 30% de su salario derivado de la suspensión definitiva por un Juzgado de Distrito. 

El abogado Epigmenio Mendieta señaló que en el caso de Manuel Roberto han promovido un amparo y están en espera de que salga la suspensión en el mejor sentido. 

«Marina quiere darlos de baja de manera definitiva, pero ese procedimiento por supuesto que tiene una etapa de recurso, entonces la decisión que llegue a dictar Marina que va a ser lógicamente intentar darlos de baja se puede recurrir».

“No es una decisión que por sí mismo dictada de manera absoluta venga a restringir los derechos de los marinos”, aseveró el litigante a este diario. 

En un comunicado la firma Epigmenio Mendieta & Abogados subrayó que, en el caso del personal de las Fuerzas Armadas, y en particular de quienes integran la milicia permanente, la separación definitiva del servicio, la baja, así como la suspensión de haberes únicamente debe derivarse de una sentencia ejecutoriada o de un procedimiento administrativo debidamente instaurado y resuelto, con pleno respeto al debido proceso. 

“Por ello, la existencia de una investigación penal, una vinculación a proceso o incluso una orden de aprehensión no constituye una sanción ni autoriza legalmente a privar a una persona de derechos adquiridos sin una resolución firme, fundada y motivada, conforme a los artículos 14 y 16 constitucionales. 

“Por tanto, no es irregular, que los elementos que permanecen al servicio activo reciban las prestaciones que conforme a derecho corresponden”, enfatizó el equipo legal. 

Reiteró que el respeto al Estado de Derecho exige no anticipar sanciones ni emitir juicios de culpabilidad fuera de los cauces institucionales, y garantizar que cualquier determinación se adopte conforme a la ley. 

Con información de EL UNIVERSAL 

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